viernes, 17 de agosto de 2012

1850 - 17 de Agosto - 2012

Testamento del Libertador José de San Martín

París, 23 de enero de 1844

En el nombre de Dios todo Poderoso a quien conozco como Hacedor del Universo: Digo yo José de San Martín, Generalísimo de la República del Perú, y Fundador de su libertad, Capitán General de la de Chile, y Brigadier General de la confederación Argentina, que visto el mal estado de mi salud, declaro por el presente Testamento lo siguiente:

Primero. Dejo por Mi absoluta Heredera de mis bienes, habidos y por haber a mi única Hija Mercedes de San Martín actualmente casada con Mariano Balcarce.

Segunda. Es mi expresa voluntad el que mi Hija suministre a mi Hermana María Elena, una Pensión de Mil francos anuales, y a su fallecimiento, se continué pagando a su hija Petronila, una de 250 hasta su muerte, sin que para asegurar este don que hago a mi hermana y Sobrina, sea necesarias otra Hipoteca que la confianza que me asiste de que mi hija y sus herederos cumplirán religiosamente ésta mi voluntad.

Tercera. El Sable que me ha acompañado en toda la Guerra de la Independencia de la América del Sud le será entregado al General de la República Argentina don Juan Manuel de Rosas, como una prueba de satisfacción, que como Argentino he tenido al ver la firmeza con que ha sostenido el honor de la República contra las injustas pretensiones de los Extranjeros que tratan de humillarla.
Cuarta. Prohíbo el que se me haga ningún género de Funeral, y desde el lugar en que falleciere se me conducirá directamente al Cementerio sin ningún acompañamiento, pero si desearía, el que mi Corazón fuese depositado en el de Buenos Aires.

Quinta. Declaro no deber ni haber jamás debido nada, a nadie.

Sexta. Aún que es verdad que todos mis anhelos no han tenido otro objeto que el bien de mi Hija amada, debo confesar, que la honrada conducta de esta, y el constante cariño y esmero que siempre me ha manifestado, han recompensado con Usura, todos mis esmeros haciendo mi vejez feliz. Yo le ruego continúe con el mismo cuidado y contracción la educación de sus Hijas (a las que abrazo con todo mi Corazón) si es que a su vez quiere tener la misma feliz suerte que yo he tenido; igual encargo hago a su Esposo, cuya honradez, y hombría de bien no ha desmentido la opinión que había formado de él, lo que me garantiza continuará haciendo la felicidad de mi Hija y Nietas.

Séptima. Todo otro Testamento o Disposición anterior al Presente queda Nulo y sin ningún valor. Hecho en París a Veinte y tres de Enero del año de mil ochocientos cuarenta y cuatro, y escrito todo el de mi puño y letra.

José de San Martín

Artículo Adicional: Es mi voluntad el que el Estandarte que el Bravo Español Don Francisco Pizarro tremoló en la Conquista de Perú sea devuelto a esta República (a pesar de ser propiedad mía) siempre que sus Gobiernos hallan realizado las Recompensas y honores con que me honró su primer Congreso.”


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